
CCM,
CCM Brokers 2007 Correduría de Seguros,
S.A. y
Tactical Global Advisory, A.V., S.A.,
a estos efectos Grupo CCM, ponen a su disposición los medios necesarios
para dirigir su queja o reclamación al
Departamento de Atención al Cliente del
Grupo CCM.
El Reglamento para la
Defensa
del Cliente del Grupo
CCM, regula
tanto los requisitos y deberes de este Departamento, como el procedimiento
para la presentación, tramitación y resolución de las quejas y
reclamaciones.
Recibido un escrito de reclamación, se verificará que es conforme a las
normas que establece el Reglamento y mediante el envío de un escrito
al cliente, se comunicará su admisión a trámite en el que se hará
constar la fecha de presentación de la queja o reclamación. Si el
escrito del cliente no es conforme a lo estipulado en el Reglamento, también
se remitirá un comunicado al cliente argumentando, en este caso, los
motivos de inadmisión.
El Departamento resolverá su reclamación en el menor plazo posible, si
bien dispone de un plazo máximo de dos meses según la legislación
vigente, a contar desde la presentación de su escrito ante el
Departamento.
El Titular del Departamento tomará las decisiones referentes al ámbito
de su actividad de manera autónoma, en cuanto a criterios y directrices a
aplicar, y las resoluciones favorables al reclamante vincularán a la
entidad.
La decisión adoptada será expresada de forma clara, y fundamentada en
las cláusulas contractuales, en las normas de transparencia, en el
principio de equidad y en las buenas prácticas y usos financieros.
Es necesario utilizar este procedimiento de reclamación para acudir en
segunda instancia -si el cliente no está de acuerdo con la resolución-
al Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros que
sea competente por razón de la materia.
Dispone de más información sobre este Servicio en nuestro
Tablón
de anuncios.
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